A nuestro despacho profesional, llegan estas reivindicaciones de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, que seguro según de vuestro interés.
Saludos.
1.- Mejorar la protección social del colectivo, y más concretamente la actual prestación por cese de actividad. Habría que asimilarla a la prestación de paro, para lo que es necesario dotarla de mayor cuantía y duración de la protección. Además sería necesario, incluir el derecho al subsidio, la ayuda de 426 euros a la que tienen derecho los trabajadores asalariados una vez finalizan la prestación del paro y de la que están excluidos los autónomos.
2.- Extender la jubilación activa plena a todos los autónomos, de tal manera que se permita compatibilizar el trabajo con el 100% de la pensión a todo el colectivo, independientemente de si generan empleo o no.
3.- Definir la habitualidad y facilitar la cotización a todos aquellos autónomos cuyos ingresos no llegan al salario mínimo interprofesional (SMI). Desde ATA proponemos una cotización similar a la tarifa plana a aquellos autónomo cuyos rendimientos netos están por debajo del SMI.
4.- Combatir los falsos autónomos. Para ello, desde ATA proponemos un registro obligatorio donde todos los autónomos estén obligados a comunicar a la Seguridad Social su condición de TRADE, cuando el 75% de sus ingresos dependa de un solo pagador. Y que estén también obligados a comunicar la empresa o grupo de empresas para la que prestan su servicio.
5.- Permitir que la cotización de los autónomos societarios al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sea un gasto de la empresa, como lo es actualmente la retribución que recibe un autónomo societario y no un gasto del autónomo. Esta medida permitiría que muchos autónomos societarios aumentaran su base de cotización y lo hicieran en función a su retribución y no como ocurre en estos momentos, donde la mitad (53%) cotizan por la base mínima, dado que la cotización les cuesta a ellos y no se considera gasto de la empresa.
6.- Morosidad. Es fundamental permitir la aprobación en el Congreso de la Proposición de Ley de Ciudadanos que establece un régimen sancionador a las empresas y administraciones públicas que no cumplen con los plazos que establece la ley, a la vez que poner en marcha un buzón anónimo de morosidad donde autónomos, pymes y resto de proveedores puedan denunciar de forma anónima a aquellas empresas o administraciones que hacen prácticas ilegales en materia de morosidad.
7.- Mantener el límite actual de módulos para sectores como el transporte y la agricultura y no reducirlos a la mitad el próximo año. Eso significaría expulsar del sistema de módulos a muchos autónomos con bajos ingresos, lo que llevaría consigo un daño importante para su actividad.
8.- Facilitar la deducibilidad de los pagos electrónicos por parte de los autónomos cuando se realizan por vía telemática o pago por el móvil, especialmente en lo relativo a aquellos pagos en los que no existe un emisor de tarjeta físico en el momento del gasto (gasolineras, parkings, parquímetros). En la actualidad la agencia tributaria requiere para este tipo de pagos factura, lo que es en muchas ocasiones supone traba importante para el colectivo.
9.- Establecer mecanismos que permitan una verdadera segunda oportunidad para los autónomos que fracasan y quieren volver a iniciar una actividad. Para ello, sería conveniente poner en marcha una ley que permita a los autónomos seguir adelante cuando fracasan y volver a emprender, así como tomar medidas que faciliten el relevo generacional y sucesión empresarial. Así como combatir uno de los grandes problemas de muchos autónomos, especialmente del medio rural: la despoblación.
10.- Representación Institucional. El Gobierno deberá poner en marcha antes del 26 de octubre lo estipulado en la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo en la que se insta al Gobierno en su disposición adicional primera a la incorporación de las organizaciones de autónomos en el Consejo Económico y Social (CES) y poner en marcha también en este plazo (según señala la disposición adicional segunda de esta misma Ley) el Consejo del Trabajo Autónomo.
FUENTE ( ATA “ Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos”)