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Una treintena de catedráticos alza la voz contra la Hacienda Pública por tratar como “súbditos” a los contribuyentes

No existe, que se recuerde, un antecedente tan asolador para la Hacienda Pública como la ‘Declaración de Granada’, aprobada el viernes con la firma de 35 catedráticos de Derecho Financiero en la que se recogen afirmaciones tales como que la Administración contempla a los contribuyentes como “súbditos”.

Además, los firmantes sostienen en el documento que el funcionamiento de Hacienda en España favorece la desigualdad tributaria, ya que no cumple el mandato que obliga a pagar según la capacidad económica de cada persona. Incluso va más allá al asegurar que “existen discriminaciones en la imposición directa por razón de la residencia de nuestro país”.

Por ello, se solicita que el Gobierno actúe de manera contundente para que se aplique la armonización y regulación de la Hacienda General, evitando un cantonalismo fiscal y evitando del declive de la seguridad jurídica.

Asimismo, entre los puntos más señalados de la ‘Declaración de Granada’ aparece la presunción de culpabilidad y se apunta que “parece haberse dado cálida acogida en las dependencias administrativas a la presunción de culpabilidad” y se añade que “se ha convertido al contribuyente en una especie de administrador vicario”, ya que le obliga a cumplir con unas obligaciones y deberes que deben ser propios de la Administración tributaria.

Por otra parte, se hace clara referencia al afán recaudatorio de Hacienda y se apunta que “se ha convertido en el único objetivo del comportamiento de los órganos tributarios con olvido de los derechos y las garantías individuales”.

Los firmantes también arremeten contra la idea de que las multinacionales y grandes corporaciones puedan eludir el control tributario por los recursos de los que disponen, en detrimento de la libertad de los ciudadanos.

Por otra parte, el documento elaborado por los catedráticos también tiene referencias hacia los pactos con los nacionalismos y señala que se ha llegado a la idea de que “en la vida pública todo se compra y se vende: los votos, los ingresos a favor de determinado sector o territorio, y la reforma fiscal del sistema estatal o de determinados sistemas autonómicos”.

Cabe destacar que entre los firmantes de dicha declaración están Álvaro Rodríguez Bereijo, expresidente del Tribunal Constitucional, y los catedráticos José María Martín Delgado, Juan Martín Queralt, José Manuel Tejerizo, Fernando Pérez-Royo o Matías Cortés, autor, hace 50 años, del primer manual de Derecho Tributario español.

Fuente: El Confidencial

Economía sumergida, la tabla de salvación de muchos trabajadores en España

Los datos del Gobierno apuntan que la crisis económica está prácticamente superada, pero es una noticia que no confirman muchas familias españolas que siguen haciendo malabares para llegar a final de mes o directamente no llegan. Los empleos en nuestro país siguen sin asegurar una vida digna a los ciudadanos y se fomenta por ende el trabajo en negro.

Actualmente, la tasa de desempleo alcanza el 16%, muy superior a otros países europeos y no es que en España no se quiera trabajar, sino que la situación ha provocado que muchas personas opten por el empleo sumergido.

De hecho, existe un sentimiento de tolerancia implícito en la sociedad con respecto a esta práctica. Se justifica por la dificultad para acceder un trabajo, pero también por lo complicado que resulta mantener a flote una empresa. Sin embargo, el 4% de la población cree que la economía sumergida sea beneficiosa para España.

Pero más allá de lo que la sociedad acepte como válido, están las consecuencias legales. Hasta los 10.000 euros puede llegar la sanción para los empresarios que empleen a un trabajador sin contrato. Y si el trabajador además está cobrando el paro, la multa puede oscilar entre los 10.000 y los 187.000 euros. Además, en el caso de que Hacienda detecte la irregularidad, la empresa podría verse obligada a responder solidariamente junto con el trabajador de la devolución del subsidio, incluso podría perder en lo sucesivo el derecho a posibles subvenciones y bonificaciones.

Por su parte, el trabajador se vería obligado a devolver el importe de las prestaciones recibidas. Además, se puede ver perjudicado con la pérdida de la prestación durante un tiempo.

Dentro de la economía sumergida no solo se contempla el trabajo en negro, sino todas aquellas actividades que, siendo legal en cuanto a su naturaleza, esquivan las cotizaciones total o parcialmente.

El último informe realizado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en 2016, apunta al sector servicios como el que concentra mayor número de trabajadores en situación irregular, 329.269 (74,74% del total), seguido de la industria, con 54.630; la construcción, con 32.365, y el agrario, con 22.793.

Se estima que alrededor de 250.000 millones de euros se escapan del control fiscal y laboral, según los datos que maneja el Sindicato de Inspectores de Hacienda. Solo en impuestos y cuotas a la Seguridad Social se dejan de ingresar entre 60.000 y 70.000 euros.

Fuente: Diario Sur

 

Las madres podrán acumular jornadas completas por el permiso de lactancia

Las leyes deben adaptarse a los tiempos y a las realidades. La inclusión de la mujer en la vida laboral hace necesaria la revisión de la legislación vigente. Por ello, el Tribunal Supremo acaba de aprobar el derecho a la acumulación en jornadas completas del permiso de lactancia.

Esta resolución, con fecha de 19 de abril de 2018, establece que el permiso por lactancia natural es un derecho necesario relativo, que debe traducirse en la posibilidad de poder ausentarse de un puesto de trabajo durante una hora. Este tiempo se verá incrementado proporcionalmente en el caso de tener más hijos en etapa lactante.

Según se explica en el fallo, “la negociación colectiva o el pacto individual pueden mejorar este derecho y/o fijar que la hora de ausencia de trabajo pueda ser sustituida por una reducción de jornada en media hora”.

Asimismo, la sentencia aclara que “también se puede establecer que el permiso sea acumulado en jornadas completas, al garantizarse también con ello la mejor protección y atención del recién nacido, que es lo que persigue la norma”.

Debe ser el Convenio Colectivo el que determine los términos y condiciones de las dos opciones que señala el fallo. Este cambio legislativo es el resultado de una serie de modificaciones y enmiendas que se pusieron en marcha en 2005.

Se da la circunstancia de que es la primera sentencia del Supremo dictada por un tribunal formado íntegramente por magistradas.

Fuente: El Economista

Aprender de por vida, clave para el desarrollo profesional y personal

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Vivimos en un mundo de continuo cambio y trasformación y esa realidad hace que estemos obligados a apostar por la formación y el aprendizaje de manera constante.  “La inversión en conocimiento paga el mejor interés”. Esta frase de Benjamin Franklin, uno de los padres fundadores de Estados Unidos, debe ser un pilar fundamental en aquella persona que quiera desempeñar su profesión y su vida con éxito.

Según los expertos, el mundo viaja hacia una sociedad del aprendizaje que será de por vida, ya que debemos ir al mismo ritmo que evoluciona el entorno. Para ello, hay que cambiar la mentalidad y dejar de lado la fórmula adquirida hace siglos de “formación, trabajo y jubilación”, puesto que la rapidez de los cambios tecnológicos nos obliga a que el aprendizaje nos acompañe siempre.

Para dar a todos los trabajadores las mayores posibilidades de éxito, las empresas necesitan ofrecer prácticas y carreras donde la formación se extienda a lo largo de la vida laboral.

Cada vez es más frecuentes que las aulas de las universidades o centros formativos de cualquier tipo se llenen de personas que han sobrepasado la edad que hasta hace unas décadas se consideraba oportuna para estudiar. Comenzar con un idioma, retomar una carrera que se abandonó o completar la formación existente son opciones que muchas personas deciden tomar de manera acertada y necesaria para su desarrollo, con independencia de su fecha de nacimiento.

Y es que nos encontramos en un momento en el que el analfabetismo no queda relegado a la falta de conocimientos para leer, sino que se traduce en la incapacidad para aprender, desaprender y reaprender.

Las generaciones consideradas mayores no se sienten, pese a la desigualdad que traen los jóvenes y su arraigo tecnológico, tan desprotegidas como pudiera parecer, pues han sido ellas quienes pusieron en marcha muchos cambios en la metodología de trabajo y en el uso de las tecnologías en el trabajo.

El futuro de la enseñanza pasa por adaptar la formación a las capacidades reales de cada persona, teniendo en cuenta su nivel de aprendizaje o su manera de informarse. Hay que tener en cuenta que la formación continua ayuda a las personas a tomar decisiones razonadas sobre sus vidas gracias a la actualización y la mejora de sus conocimientos.

Además, en la actualidad estamos ante otro cambio significativo como es la existencia de un entorno altamente robotizado y donde solo se podrá competir con el talento interno del que se disponga.

Fuente: El País.

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Abierto el plazo de solicitud de ayudas para la accesibilidad de viviendas de mayores de 65 años y de personas con discapacidad

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La accesibilidad y adecuación de una vivienda es importante para cualquier persona, especialmente cuando existen problemas de movilidad originados por la edad o por una discapacidad. Sin embargo, la mayoría de los hogares no cumplen todos los principios de accesibilidad. Por ello, se ponen en marcha programas como el de Adecuación Funcional Básica de Viviendas, abierto desde el 11 de mayo hasta el próximo 10 de julio.

Este programa puesto en marcha por la Junta de Andalucía está dirigido a personas mayores de 65 años o personas que tengan reconocido al menos el 40% del grado de discapacidad y movilidad reducida, así como grandes dependientes que alcancen el grado III, y que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales.

Con estas ayudas se pueden subvencionar distintos tipos de reformas tales como la adaptación de la instalación de gas, la puesta en funcionamiento de la instalación eléctrica, la eliminación de barreras arquitectónicas, el ensanchamiento de una puerta, la adaptación de los baños para que sean accesibles, la colocación de pasamanos en pasillos o cualquier obra que contribuya a mejorar la calidad de vida del solicitante.

Las subvenciones tendrán una cuantía equivalente al 70% del coste total del presupuesto protegible, teniendo este presupuesto un límite máximo de 2.000 euros que se podrá incrementar por los gastos de asistencia técnica en 600 euros.

La solicitud puede presentarse telemáticamente con certificado electrónico, a través de la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda, localizando el trámite: “solicitud de adecuación funcional básica de vivienda” o presencialmente en las Delegaciones Territoriales de Fomento y Vivienda, de la provincia donde se ubique la vivienda a adecuar. En el caso de que se haga en un registro distinto, se podrá remitir copia completa de dicha solicitud, a través del siguiente correo electrónico adecua.cfv@juntadeandalucia.es

Fuente: Junta de Andalucía

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El carné por puntos y cómo mantenerlo a raya

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En el verano de 2006 la Dirección General de Tráfico implantó el carné por puntos con el objetivo de reducir la siniestralidad en las carreteras españolas. Para ello y tras estudiar las faltas más recurrentes se creó este sistema en el que los conductores con más de tres años de experiencia partían con doce puntos y los nóveles con 8, pero ¿Cómo se mantienen para no perder el permiso de conducir?

La respuesta es clara: sin cometer infracciones al volante. Según el sistema creado por la DGT, la retirada puede ir desde 2 hasta 6 puntos en los casos más graves. Por tanto, la acumulación de varias faltas puede dejar al conductor sin permiso para circular.

Las faltas que pueden considerarse leves y por las que te retirarían dos puntos pueden ser hacer un mal uso de las luces, llevar de copiloto a un menor de 12 años o los aparcamientos peligrosos para los peatones o para la circulación, entre otros.

La pérdida de los tres puntos puede llegar por no usar el cinturón de seguridad, hacer cambios de sentido donde no procede o el uso del móvil al volante, una práctica cada vez más común en los últimos años y la razón de un elevado número de accidentes en la carretera.

Por otra parte, si no respeta la distancia de seguridad, las señales o las indicaciones de los agentes, o si tuviese la brillante idea de dar marcha atrás en una autopista, desaparecerán de su carné 4 puntos.

Asimismo, subirá el escalón de los 6 puntos si conduce bajo los efectos de las drogas, si conduce de manera temeraria, o si cuenta en su vehículo con sistemas de inhibición de radares o limitadores de velocidad.

La retirada de puntos por haber consumido alcohol o por exceder la velocidad establecida, dependerá de los límites establecidos por al DGT, llegando incluso hasta la retirada del carné en los casos más graves.

¿Qué hacer para recuperar los puntos? Para recuperar algún punto o todos es necesario asistir a cursos de sensibilización y reeducación vial. En el primer caso, la duración es de 12 horas lectivas y su precio es de 215,26 euros. Mientras que si quiere recuperar el permiso completo será necesario esperar 6 meses y superar un curso de sensibilización y reducación vial y un examen en la Jefatura Provincial de Tráfico. Este curso tiene una duración de 24 horas lectivas y su precio es de 405,22 euros.

Fuente: El Economista

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La Seguridad Social implanta cambios y acelera las devoluciones a los autónomos que han pagado de más

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La Seguridad Social ya ha hecho efectivas las devoluciones a los autónomos que han pagado de más a las arcas de la Secretaría de Estado, unos profesionales que en algunas ocasiones pagan más de lo que deberían y que, por tanto, tendrán que recibir ahora la cantidad que le corresponda atendiendo a una serie de cambios que ha realizado la entidad pública.

Uno de los casos más frecuentes es la pluriactividad, un exceso que se da cuando la suma del importe de la cuota de contingencias comunes del Régimen General durante el año anterior y las cuotas de contingencias comunes del RETA ingresadas durante el año, superan el límite que se fija cada año en la Ley de Presupuestos.  Hasta ahora esta devolución se recibía en junio. Sin embargo, debido a las modificaciones realizadas por el Gobierno, los autónomos en situación de pluriactividad verán abonadas en sus cuentas el importe correspondiente este mes de abril.

Asimismo, también se han renovado las devoluciones de ingresos indebidos y saldos acreedores, puesto que pasa de hacerse de una vez al mes a dos veces. Esta modificación supondrá que las devoluciones de cuotas que se lleven a cabo en la primera quincena de cada mes se harán efectivas el último día del mismo mes, y las que se realicen en la segunda quincena, serán abonadas la primera quincena del mes siguiente.

Por otra parte, la Tesorería General de la Seguridad Social tendrá que devolver el importe que le corresponde a aquellos autónomos que hayan abonado la cuantía correspondiente a un mes entero sin que hayan ejercido durante el total de este periodo. Ante esa situación, la entidad pública calculará la cuantía proporcional y hará la devolución en un plazo de dos meses.

Fuente: Cinco Días.

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La selección de personal con currículums anónimos y sus beneficios

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La selección de nuevo personal para la plantilla de una empresa a través de currículums anónimos está comenzando a ser una fórmula exitosa para la contratación. Si en los últimos años ya estaban desapareciendo las fotografías de los aspirantes a un puesto de trabajo, ahora lo hacen también sus datos personales, como la nacionalidad o el sexo.

Con esta medida se logra que los empresarios o encargados de contratación se centren solo en la formación, experiencia y capacidades de las personas que optan a una oferta de trabajo y no en otras cuestiones que puedan generar desigualdad.

Entre los beneficios está la trasparencia y la objetividad. Además, se potencia la presencia de perfiles diversos en la plantilla siempre con un contexto laboral similar.

Por otra parte, esta metodología mejora la confianza que la empresa proyecta al exterior, puesto que serán seleccionados aquellos candidatos que realmente estén más cualificados, dejando de lado cualquier tipo de interés personal.

Además, esta confianza va a redundar en un mayor interés a la hora de buscar trabajo por parte de cualquier persona, ya que partirá de la idea de que cuenta con las mismas oportunidades que los demás.

También se fomenta la igualdad de oportunidades para todas las persones que opten a un empleo, con independencia de su procedencia, parentesco o edad, entre otras cuestiones.

En España, empresas como Ikea ya están comenzando a probar este sistema de selección, gracias a una herramienta creada por la consultora AplyGo, que borra todos los datos personales de un CV.

Fuente: El Economista

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La regulación de las viviendas como alojamiento turístico, una tarea pendiente para el Gobierno

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Alquilar una vivienda como alojamiento turístico se ha convertido en una práctica muy habitual en los últimos años, ya que supone una manera fácil de sacar rendimiento de las casas e incluso de las habitaciones que un propietario tiene vacías. Y es precisamente el auge de esta tendencia el que genera la necesidad de una regulación.

Actualmente, en España los alquileres con una duración inferior a los dos meses no están contemplados dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos, lo que crea un vacío legal en este ámbito que permite a los propietarios estar libre de obligaciones fiscales.

Esta laguna legislativa unida a los beneficios económicos que da el alquiler de una vivienda por periodos breves está influyendo en el cambio de sistemas de arrendamiento.

Esta realidad o moda está provocando que en algunas ciudades como por ejemplo Málaga, Madrid o Barcelona, se convierta prácticamente en misión imposible encontrar un alojamiento para alquilar por largas temporadas.

La normativa que se establezca en torno a este alquiler, es decir, la regulación debe ser creada por el Gobierno central, ya que las comunidades autónomas no pueden intervenir al no estar definida como una actividad económica.

Fuente: Diario Sur

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Elegir bien dónde repostar puede suponer un ahorro de 240 euros anuales

La correcta elección del surtidor a la hora de repostar puede suponer un ahorro de hasta 240 euros al año en combustible para su bolsillo, según el último informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Esto se debe a dos cuestiones: la aplicación del llamado céntimo sanitario o Impuesto de Hidrocarburos, que se aplica en algunas provincias con diferentes cuantías, y a la tipología de las estaciones de servicio, que hace que se pague más en las grandes compañías frente a las gasolineras ‘low cost’, las que pertenecen a las cadenas de supermercados o las independientes.

En lo que respecta al Impuesto de Hidrocarburos, el Gobierno central ha propuesto que se deje de aplicar el tramo autonómico para acabar con esa diferencia de precios que se encuentran según las provincias en el combustible. Sin embargo, esto puede llevar a la subida del precio de los carburantes.

Según los datos de la OCU, para un vehículo que recorre unos 20.000 kilómetros anuales y gasta en torno a 7 litros a los 100 kilómetros, repostar habitualmente en surtidor con precios económicos puede suponer un ahorro anual de 237 euros para gasolina 95, de 240 euros para diésel, de 274 euros para el diésel mejorado y de 330 euros para gasolina 98.

Por cadenas las más económicas, según el informe, son GMoil, Simply, E. Leclerc, Eroski, Ballenoil o Alcampo, en el extremo opuesto están Repsol, Cepsa, BP, Campsa y Petronor. La diferencia en el precio está entre un 15 y un 20% según el tipo de carburante.

Fuente: Efe

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