Asunto: Nuevo reglamento de facturación.
El pasado día 6 de diciembre de 2023, se publicó el Real Decreto 1007/2023, en el que se implanta que los empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos o electrónicos para el proceso de facturación están obligados a enviar las facturas a la Administración tributaria. Se establece un plazo para adaptarse a los requisitos técnicos y funcionales que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, asegurando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
La nueva obligación consiste en garantizar que toda transacción comercial genere una factura y una anotación en el sistema informático del contribuyente, evitando la ulterior alteración de dichas anotaciones. Además, se prevé la posibilidad de que los obligados tributarios remitan de forma automática y segura por medios electrónicos todos los registros de facturación generados en sus sistemas informáticos, siempre y cuando estos cumplan por diseño los requisitos técnicos establecidos
Los obligados tributarios a que se refiere el Reglamento deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se establecen en el citado reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de julio de 2025.
Quedan obligados entre otros:
a) Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
b) Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas.
c) Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
Conforme se vaya conociendo más el alcance de este Real Decreto se les irá informando debidamente,
Saludos, Pedro Del Río