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Llegan las nuevas ayudas a los menores de 35 años para comprar una vivienda: requisitos y dinero

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Desde el mes de enero de 2018 los menores de 35 años pueden recibir una ayuda del estado de hasta 10.800 euros, siendo la medida más llamativa para adquirir una vivienda. Además, también se verán beneficiados todos aquellos que afronten mensualmente el alquiler de una vivienda. Todo, con la intención de atenuar el incremento del precio del arrendamiento en todo el país.

Los famosos 10.800 euros

Las personas que soliciten la ayuda de hasta 10.800 euros tienen que tener como máximo 35 años cuando hagan la solicitud como requisito fundamental. El límite de los 10.800 euros está en el 20% del valor de la vivienda que se vaya a comprar, pudiendo aspirarse a la concesión siempre que el piso tenga un precio de compra superior a 54.200 euros, algo altamente probable con los precios en los que está el mercado. Con esta ayuda se pueden descontar los gastos iniciales de la adquisición de la vivienda, como son la notaría, tasas, impuestos o gestoría.

El piso que compre el menor de 35 debe ser su residencia habitual y permanente los primeros 5 años, debiéndose devolver la cuantía que prevea el Estado de no cumplir con requisitos.

Si aludimos a los ingresos del solicitante, el Plan Estatal que se ha puesto en marcha deja un límite máximo de ingresos anuales que no van a poder superar en tres veces el IPREM (Indicador Público de Efectos Múltiples). Esto significa que no deberá ganarse más de 19.170,39 euros si lo cobramos en 12 pagas o 22.365,42 euros cuando sean 14 pagas, en la fecha en que se publicó el Plan Estatal.

Igualmente, el Estado obliga a la persona que lo solicita al cumplimiento de un requisito más, lo que significa que no será propietario ni usufructuario de otra vivienda en territorio nacional a no ser que dispusiera de ello por motivos como un divorcio, separación o demás causas que sean ajenas a su voluntad.

Requisitos del Plan Estatal de Vivienda

  • Deben tenerse 35 años como máximo cuando se rellene la solicitud.
  • Los ingresos de la suma de las personas que vivan en el piso no van a tener que tener ingresos superiores a tres veces el IPREM.
  • El inmueble que alquiles deberá ser vivienda habitual y permanente de la persona solicitante mientras dure el periodo de ayuda.
  • El solicitante no va a poder ser propietario ni gozar del usufructo de otra vivienda en territorio español a no ser que dispusiese de ella por un divorcio, separación u otras causas que sean ajenas a su voluntad.
  • El solicitante no podrá ser propietario ni usufructuario de otra vivienda en territorio nacional salvo que no dispusiera de ella por causa de un divorcio, una separación u otras causas ajenas a su voluntad.Los jóvenes que busquen esta ayuda del estado van a poder recibir cantidades que pueden cubrir hasta el 50 % del precio del alquiler en el precio señalado durante como máximo tres años.
  • La novedad más destacable en el tema de las ayudas al alquiler joven consiste en que la cantidad máxima de ayudas en el caso de los arrendamientos aumente de los 600 euros a los 900 en los casos justificados, caso de las localidades en las que aumenten espectacularmente los precios del alquiler.

En cualquier caso, puedes llamar al teléfono 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es para que le informen con más detalle

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